La primera y gran falacia del alcalde: la (no) renuncia de Nuria Ámez
Las manifestaciones del alcalde Carlos Esmaragdo Ibarrola en la prensa:
Diario de León, 8 de mayo de 2008, pág. 27: "(...) la concejala aludida presentó la dimisión el día antes de comenzar a ejercer las funciones administrativas".
El Mundo-León, 8 de mayo de 2008, pág. 13: "(...) la concejala fue contratada para suplir una baja temporal y a los tres días dimitió de ese puesto, cuando se cubrió con los trámites legales."
El Mundo-León, 8 de mayo de 2008, pág. 13: "(...) la concejala fue contratada para suplir una baja temporal y a los tres días dimitió de ese puesto, cuando se cubrió con los trámites legales."
La Crónica, 8 de mayo de 2008, pág. 21: "(...) pero debe constar a todos los efectos, que la concejala Nuria Ámez presentó su dimisión fechas antes de que comenzara a trabajar en el Ayuntamiento".
Cómo y ante qué órgano debe un concejal presentar la renuncia para que tenga validez legal
Real Decreto 2568-1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico común de las Entidades Locales:
Artículo 9. El concejal, diputado o miembro de cualquier entidad local perderá su condición de tal por las siguientes causas:
Punto 4. Por renuncia, que deberá hacerse efectiva por escrito ante el Pleno de la Corporación.
La última vez que se reunió el pleno de la Corporación de Villademor de la Vega fue el pasado 12 de febrero. En aquel pleno la concejala de marras no presentó ningún escrito de renuncia. Por consiguiente, Nuria Ámez ha estado desempeñando funciones administrativas en el Ayuntamiento al mismo tiempo que era concejala. De ello hablaremos mañana.
Queda, pues, acreditado que el ufano corregidor ha mentido a los ciudadanos de Villademor y a la opinión pública leonesa.
Queda, pues, acreditado que el ufano corregidor ha mentido a los ciudadanos de Villademor y a la opinión pública leonesa.
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