jueves, 21 de abril de 2011

La Junta Electoral de Zona enmienda a Juan Martínez Majo

Qué hemos denunciado y por qué

¿Qué hemos denunciado?

La puesta en marcha de una página web de nueva creación por parte del Partido Popular alojada en el servidor de una empresa.

¿Por qué lo hemos denunciado?

Porque la interpretación dada por la Junta Electoral Central en la instrucción de 25 de marzo de 2011, indica que están prohibidas "las que se abran después de la convocatoria y para cuya realización hayan sido contratados terceros.

¿Cómo ha reaccionado Juan Martínez Majo?

En declaraciones al periódico El Mundo, indica que pedirá a la Junta Electoral "que nos aclare qué frases, qué contenidos incumplen la ley, porque no entiendo nada".

¿Qué reprocha al PSOE Juan Martínez Majo?

En declaraciones a ese rotativo dice "que están repartiendo publicidad por las casas, pegando carteles en farolas e insultándonos en su blog, lamentó, 'pero no vamos a denunciarles ni entrar en ese show, no es mi estilo'. 'Todo esto es un espectáculo en el que el PP no va a entrar', dijo.

¿Qué estamos haciendo desde el PSOE?

Ajustarnos a la instrucción dada por la Junta Electoral Central que interpreta la reforma de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, que permite:

- El envío de correos electrónicos (sin contratar a un tercero ni pidiendo el voto).

- Realización y distribución de folletos, caras o panfletos en los que se den a conocer a los candidatos o el programa electoral.

- Acciones en redes sociales que den a conocer al candidato o al programa electoral que no supongan la contratación de un tercero para su realización.

- Páginas web y blog del partido, se permiten las que ya vienen funcionando antes de la convocatoria electoral (el nuestro tiene contenido desde el año 2005 y se publican entradas periódicas desde el año 2007 con regularidad).

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