lunes, 11 de julio de 2016

Más detalles sobre el acceso al empleo público en el Ayuntamiento de Valencia de Don Juan

El expediente evidencia que el Teniente Alcalde, José Jiménez, creó un anillo para el dedo de su familiar directo 

Los escasos documentos que conforman el expediente de contratación de un auxiliar administrativo evidencia anomalías en el proceso que vulneró los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad 
Tras acceder al expediente de contratación de un auxiliar administrativo, los socialistas en el Ayuntamiento de Valencia de Don Juan consideran evidente que se creó un anillo para el dedo del familiar del Teniente Alcalde de la localidad, José Jiménez, que en la práctica ejerce como alcalde en virtud de una delegación expresa y permanente.

La arbitrariedad denunciada permanentemente por el PSOE en las contrataciones de personal está confirmada. De los documentos examinados se desprende que en el proceso de selección no hay bases de selección, las que dotan de objetividad a las pruebas y las puntuaciones y se constató la ausencia de un temario objeto del examen y de informes de fiscalización.

"Los socialistas recuerdan a José Jiménez que no es el primer gran charco que pisa esta legislatura y le avisan de que en esta contratación, que tanta indignación ha causado en la ciudadanía, hay responsabilidades políticas que tendrá que asumir" 

Donde hay un claro conflicto ético es en la petición del Teniente Alcalde al Ecyl de una oferta de empleo en la que el único requisito exigido era tener la titulación de “Técnico Superior en Administración y Finanzas o equivalente”, curiosamente el que sí cumplía el candidato (pre)seleccionado, sin valorarse más prueba que el examen escrito que aprobó con una calificación brillante (el resto de personas enviadas por el Ecyl no tenían conocimiento alguno acerca de cómo iba a ser la prueba o en qué iba a consistir para prepararla).

Los socialistas muestran su asombro al comprobar que existiendo en la casa una Secretaría-Intervención, una Técnico de Gestión y un Administrativo, entre otras personas cualificadas, no se nombrara un tribunal específico para el procedimiento, informándose de viva voz que el mismo lo conformaban dos trabajadoras, miembros de la plantilla como personal laboral, una de ellas de carácter temporal, no siendo el idóneo para la selección objetiva de un auxiliar administrativo.

La ausencia deliberada de cualquier tipo de publicidad en la convocatoria que garantizara la posibilidad de concurrencia de cualquier interesado en optar al puesto de trabajo ofertado (ni Boletín Oficial de la Provincia, ni edictos, ni anuncio en el tablón), evidencia la vulneración de los principios constitucionales básicos de igualdad, mérito y capacidad.

Los socialistas ven evidentes responsabilidades políticas que el Teniente Alcalde debe asumir y a ello le emplazan.

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